Ley 26/2014, 27 de Noviembre 2014 IRPF

PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INTRODUCIDAS POR LA LEY 26/2014, DE 27 DE NOVIEMBRE (BOE DE 28)

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSÍCAS

Exención por despido o cese del trabajador:

Se mantiene en los mismos términos anteriores, pero se fija como límite exento en estas indemnizaciones la cantidad de 180.000 euros.

Esta modificación es aplicable para despidos que se produzcan desde el 1 de agosto de 2014. No obstante, en el caso de despidos derivados de expedientes de regulación de empleo o de despidos colectivos se aplicará cuando el expediente se haya aprobado o cuando el despido colectivo se haya iniciado con anterioridad a dicha fecha.

(Modificación de la redacción del artículo 7e) y disposición transitoria vigésima segunda de la LIRPF)

Becas públicas y las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos:

Se mantiene la exención en los mismos términos anteriores, tanto para Estudios Reglados, como para Investigación. Ahora, se incorporan también como exentas, las becas concedidas por las fundaciones bancarias reguladas en el Título II de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias en el desarrollo de su actividad de obra social, también para cursar Estudios Reglados y para Investigación.

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