Mucho se está hablando estos días en los medios de comunicación sobre las diversas sentencias que obligan a las entidades bancarias a la devolución de los gastos de constitución de las hipotecas.
En concreto, los gastos que se pueden reclamar son:
- Los gastos de Notaría y Registro
- El impuesto de Actos Jurídicos documentados
- Los gastos de la Gestoría Administrativa (si esta fue impuesta por la entidad financiera)
Para reclamar, el afectado debe acudir a la entidad financiera o contratar a un abogado y llevar al banco ante los tribunales. Asociaciones de consumidores, como la OCU, están organizando acciones colectivas.
Será necesario tener las facturas de dichos gastos o documentación justificativa, así como la carta de pago del impuesto.
En cualquier caso, se está recomendando acudir primeramente a la oficina bancaria donde obtuvimos la hipoteca, y según la contestación obtenida podemos valorar el acudir a los tribunales.
Existen diversos formularios tipo para presentar por escrito estas reclamaciones, adjuntamos aquí algunos link donde obtenerlos:
En la OCU:
https://www.ocu.org/dinero/hipotecas/modelos/modelo-reclamacion-gastos-hipoteca
En la web de IDEALISTA:
Por último, tenemos de plazo hasta el 24 de Diciembre de 2.019 para reclamar dichos gastos pero si la hipoteca ya ha sido totalmente abonada, se podrá proceder a la reclamación también, si su total pago se hizo dentro del plazo de los 4 años anteriores al 23 de Diciembre de 2015.